PISO GARROTÓN
Vivienda heredara al fallecer nuestro padre pero en la que solo reside uno de nosotros con problemas de drogadicción y sindrome de diógenes, que en ningún momento a colaborado con los gastos que origina su mantenimiento, y que ha provocado numerosos problemas desde un principio, tanto a nosotros como a los vecinos. Temiéndonos situaciones a las que no podamos hacer frente, como incendio con víctimas, iniciamos un procedimiento llamado "división de la cosa común", que permite a cualquiera de los propietarios vender la vivienda incluso si los demás no aceptan venderla. El caso lo tiene ganado y las costas del juicio pasan a pagarlas los que no querían vender. Tras el juicio, se inicia subasta pública, que en nuestro caso fueron dos, y quedaron vacías. Aquí se encuentran el derecho a la vivienda y las obligaciones que se adquieren al disponer de ella, que no solo son económicos, como gastos de comunidad, seguros e impuestos. También el no realizar actividades que perjudiquen a los demás propietarios o a los demás vecinos. Aquí la justicia no es justa, porque según nos han indicado, de los daños que puede originar uno de los propietarios tienen que responsabilizarse directamente a los demás propietarios. O sea, si nuestro hermano, único inquilino, provoca una inundación al arrancar las tuberías para venderlas en la chatarrería, nosotros somos directamente responsables. Y si tira algún cacharro por la ventana y escalabra a alguien pues también. O en el caso de que se origine un incendio incontrolable debido a la gran acumulación de basuras, y mueren algún vecino, también se nos responsabiliza. ¿Y si vende droga, monta un prostíbulo, o viola y asesina niños?. Justicia extraña. Creo que esa responsabilidad se daría en caso de que estuviéramos al tanto de esas actividades y no hiciéramos nada, pero llevamos denunciado los problemas desde hace años para que nuestro hermano deje de realizar actividades molestas y dañinas, y para que reponga los daños ocasionados. De echo, las actuaciones del área de salud del ayuntamiento ha sido a consecuencia de ello. A raiz de nuestras denuncias retiraron varias toneladas de basuras de la vivienda y la desinfectaron. Y como el tema no se resuelve, la basura vuelve a acumularse y se volverán a realizar nuevas actuaciones de limpieza, con un gasto aproximado de unos 4300€ cada una de ellas. Y me baso en la Ley de Propiedad Horizontal en lo referente a las obligaciones y responsabilidades de los propietarios, que en el apartado b) de su Art. 9 dice: Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder Se me puede indicar que no soy abogado y no entiendo de leyes, pero se leer e interpretar lo leído, y puedo deducir en el articulado expuesto que es el que origina los daños el que tiene que resarcir a la comunidad y a los demás propietarios en caso de no mantener en buen estado la vivienda u ocasionar daños en ella. Incluso el Ayuntamiento a la hora de notificaciones sobre la insalubridad y acumulación de basuras siempre se ha dirigido a nuestro hermano, origen del problema, en ningún momento a nosotros. Ordenes judiciales, como la de forzar la puerta para que el dispositivos del área de salud realice su tarea, han ido dirigidas exclusivamente a él. Los demás hermanos nos hemos enterado de la retirada de basuras y desinfección a través de algún vecino.
Sevilla Oriental 2019 - Guía Express Inglés
Creación Página: 19/07/19
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